Los Efectos de la Nueva Resolución DGT-06-2010


La resolución Nº DGT-13-09 establecía los lineamientos generales para regular la obligación de suministro de información mediante declaraciones informativas y en el artículo 1 de esa resolución se estableció  el uso obligatorio de los servicios electrónicos de Tributación Digital  pero como el Proyecto de Tributación Digital ha sufrido algunos atrasos en su proceso se suspenden  los efectos de las resoluciones número:

DGT-13-09, DGT-14-09, DGT-15-09, DGT-16-2009  , DGT-17-09, DGT-20-09, DGT-21-09, DGT-22-09, DGT-23-09 DGT-24-09 DGT-25-09 DGT-26-09 DGT-27-09, DGT-28-09 DGT-35-2009

Entonces:

Se restablece la obligación en el suministro de la información a que se referían las  resoluciones números 8-97, 18-97, 02-98, 16-00, 47-01, 17-03, 28-03 y 08-04.

Es decir, se deben presentar los siguientes formularios:

  1. Formulario D-150 “Declaración Anual Resumen de Retenciones”
  2. Formulario D-151 “Declaración Anual Resumen de Clientes Proveedores y Gastos Específicos”.
  3. Formulario D-152 “Declaración Anual Resumen de Retenciones Impuestos Únicos y Definitivos”
  4. Formulario D-153 “Declaración Mensual Resumen de Retenciones Pago a Cuenta Impuesto sobre las Ventas”.
  5. Formulario D-157 “Declaración Trimestral Resumen de Impuesto de Salida del Territorio Nacional”.
  6. Declaración D-158 “Declaración Anual, Compras y Ventas Subastas Agropecuarias”.
  7. Formulario D-160 “Declaración Trimestral Resumen de Impresión de Facturas y otros Documentos”.
  8. Formulario D-161 “Declaración Trimestral de Cajas Registradoras”

Los obligados tributarios, así como el formato, la periodicidad, el lugar y plazo de presentación y demás disposiciones, serán los mismos indicados en las resoluciones que se encontraban en uso antes de la fecha de vigencia de la resolución DGT-13-09.

Esto rige para las transacciones que se realicen a partir del 01 de octubre del dos mil nueve.

Y muy importante tomar en cuenta que los obligados a presentar:

D-153 “Declaración Mensual Resumen de Retenciones Pago a Cuenta Impuesto sobre las Ventas”, para los periodos octubre, noviembre y diciembre 2009 y enero 2010,

D-157 “Declaración Trimestral Resumen de Impuesto de Salida del Territorio Nacional”

D-160 “Declaración Trimestral Resumen de Impresión de Facturas y otros Documentos”

D-161 “Declaración Trimestral de Cajas Registradoras”

Tienen hasta el 15 de marzo del 2010, a efectos de que se pongan al día en el cumplimiento de estas obligaciones tributarias.

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