TIP: Depreciación de terreno y edificio en venta de propiedad
“Cuando se realiza la venta de una propiedad que incluye terreno y edificio, por la parte correspondiente al terreno, como no es un bien que se deprecia para efectos fiscales, según disposición expresa en el párrafo primero del inciso f) del citado artículo 8, no genera ingreso gravable ni pérdida deducible. Es decir, no afecta el impuesto sobre las utilidades por lo que tampoco genera ningún beneficio con respecto a este gravamen. Caso contrario sucede con la parte correspondiente al edificio, que como sí está sujeto a depreciación, el resultado de esa operación deberá de considerarse ya sea ingreso gravable o pérdida deducible.” oficio DGT-279 del 12 de abril del 2002


Loading ...